Era un jueves por la noche en el Centro Estatal de Prevención y Reinserción Social en Valle de Santiago en el año 2017. Lo sacaron de su celda y lo condujeron por una escalera sin dejar de golpearlo. Lo hicieron entrar en una habitación.
“Me agarró un custodio de cada brazo, y otros me bajaron los bóxer y me abrieron las piernas, empinándome contra la cama donde hacen las revisiones los doctores y el coordinador me metió la mano con toda la saña del mundo violando mi cuerpo y por ende los derechos humanos que tengo tan solo como ser humano, abusando de la autoridad que tiene, mientras los custodios solo se reían y me insultaban”.
El relato de la presunta víctima fue documentado en el expediente número 276/17-B. En una revisión a la gaceta anual de recomendaciones correspondientes a los años 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019, se pudo constatar que, el de Valle de Santiago, es el centro de reinserción con mayor número de quejas al registrar 40 oficios de los que ocho son por agresiones.
En el documento correspondiente a este caso, la procuraduría encontró contradicciones en las declaraciones realizadas por los señalados como presuntos agresores. Por ello emitieron tres recomendaciones a Alvar Cabeza de Vaca Appendini, secretario de Seguridad Pública del Estado (SSP).
Revisiones indignas
La Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, define como tal a “todo acto realizado intencionalmente por el cual se infrinja a una persona penas o sufrimientos físicos o mentales, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin”.
Algunos otros testimonios registrados por la PDHEG refieren tratos indignos. A uno de ellos, siete guardias penitenciarios lo obligaron a desnudarse. Lo intimidaron con la mirada. Después lo forzaron a hacer sentadillas y lo ridiculizaron. Todo como parte de una “revisión de rutina”.
“Enseguida el comandante Joaquín le dio la indicación a un custodio que se pusiera atrás de mí y en ese momento me obligó a realizar sentadillas y le indicó al custodio que se agachara y observara mis glúteos, además el comandante Castañeda me obligó a realizar varias posiciones eróticas, sintiéndome denigrado en ese momento afectándome emocionalmente”.
Este tipo de revisiones han sido documentadas en varios de los expedientes consultados para este trabajo. Incluso cuando los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de Personas Privadas de la Libertad en las Américas, las rechaza.
De acuerdo con el documento emitido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el año 2008, las revisiones en partes íntimas deberán ser realizadas por un médico. Pero quedan prohibidas aquellas consideradas como registros intrusivos vaginales y anales.
En el mejor de los casos, este tipo de conductas habrían sido sancionadas con procedimientos administrativos, recomendados por la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato.